El Consejo General del Poder Judicial pone en jaque la ley trans
Sede del Consejo General del Poder Judicial, en Madrid. Imagen: Poder Judicial vía Twitter (@PoderJudicialEs).
- El informe realizado por el Poder Judicial argumenta que el anteproyecto de ley podría acabar siendo discriminatorio para las mujeres no transexuales
- La protección del menor, la discriminación positiva para las mujeres trans en el deporte o las sanciones por delitos de odio son algunas de las cuestiones que aborda el informe
El próximo 20 de abril el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) decidirá si tramita o no el informe sobre la ley trans. Este documento ya ha sido elaborado por cuatro vocales del Poder Judicial y distribuido entre el resto de miembros del Pleno. El texto cuestiona algunos puntos del Anteproyecto de ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
Una de las principales medidas por las que apuesta la nueva ley trans es la autodeterminación de género para los menores de 16 años. La norma propone que los jóvenes de entre 14 y 16 años puedan solicitar el cambio de sexo por sí mismos, siempre que vayan acompañados por sus representantes; mientras que los de 12 a 14 años necesitarían aprobación judicial.
El informe del CGPJ expresa que la propuesta para los menores de entre 14 y 16 años “no es adecuada para proteger al menor” al legitimarlos para cambiar de sexo “sin más condiciones que la asistencia de sus representantes legales”. El Poder Judicial también se ha mostrado en contra de permitir el cambio de sexo en el registro sin límites ni condiciones.
Sin embargo, el texto elaborado por Ángeles Carmona, Clara Martínez de Careaga y Wenceslao Olea, ponentes del Pleno, sí que se muestra a favor de la autodeterminación sin requisitos. Actualmente, según la Ley 3/2007, las personas trans deben cumplir una serie de condiciones para cambiar de sexo, como un diagnóstico de disforia de género o dos años de hormonación.
Con el nuevo anteproyecto de ley, los mayores de edad podrán autodeterminarse y cambiar de sexo en el registro sin necesidad de cumplir requisitos. De esta forma, España sigue el ejemplo de países como Dinamarca, Bélgica, Portugal o Luxemburgo, donde ya está permitida la autodeterminación de género.
El informe valora esta medida positivamente y afirma que supone “un importante beneficio para los titulares del derecho en términos de reconocimiento, en especial en un ámbito de libre decisión y desarrollo de su personalidad”.
Otra de las cuestiones que aborda el proyecto de informe del Consejo General del Poder Judicial son las consecuencias que ocurrirían cuando la persona trans pudiera ejercer los derechos de su nueva condición. Según el Poder Judicial “hay consecuencias que, paradójicamente, pueden conducir a situaciones de discriminación de las mujeres no transexuales y son contrarias a la igualdad”.
Este punto hace referencia a las competiciones deportivas o a las pruebas físicas que se exigen en determinadas profesiones. El informe entiende que la “diferencia de condiciones físicas y la superioridad física de la mujer trans frente a la que no lo es” puede acabar derivando en “situaciones de desigualdad en competiciones deportivas femeninas”.
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